Edicto número: 001288
Sala: pleno-csj
Partes: no se reconocen las partes
EDICTO N°1309 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Néstor Urefia, en calidad de Defensor Publico del Circuito Judicial de Veraguas, actuando en nombre y representacién de Zuleima Yohana Rodriguez, contra la Resolucién de fecha 7 de mayo de 2021, expedida por el Tribunal Superior de Apelaciones del Segundo Distrito Judicial, dentro de la carpetilla N°201700046915; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) visTos: PARTE RESOLUTIVA En mérito de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales propuesta por el Licenciado Néstor Urefia, en nombre y representacién de ZULEIMA YOHANA RODRIGUEZ, contra lo decidido en la Sentencia fechada 7 de mayo del 2021, por el Tribunal Superior de Apelaciones del Segundo Distrito Judicial de Panama. Notifiquese, (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDA. OTILDA V. DE VALDERRAMA (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO. (FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General” Para notificar a los interesados de Io anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00 p.m.) de la tarde. etaria General OMAR SIMITI GORDON OFICIAL MAYOR IV CORTE SUPREMA Exp. 675092021.- EDICTO N°1308 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por la Firma Forense G & C Legal Consulting, apoderado judicial de Javier David Velasquez Montilla, contra el Decreto de Personal No.575 de fecha 18 de noviembre de 2020 y su acto confirmatorio la Resolucién Administrativa N° MEF-RES-2020-2661 del 17 de diciembre de 2020, ambas emitidas por el Ministerio de Economia y Finanzas; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, veintiséis (26) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: En mérito de lo antes expuesto, EL PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CONCEDE la accién de Amparo de Garantias Constitucionales propuesta por el sefior JAVIER DAVID VELASQUEZ MONTILLA contra EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, y en consecuencia REVOCA la orden contenida en el Decreto de Personal No.575 del dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020), a través del cual dicha autoridad dejé sin efecto el nombramiento del amparista en el cargo de Auditor Fiscal |, posicién No.5657, salario mensual de mil quinientos balboas (B/.1500.00) y, ORDENA el pago de los salarios dejados de percibir desde el dia de su destitucion hasta el momento en que se haga efectivo su reintegro, haciendo la salvedad de que deberd ocupar el mismo cargo, salvo que acepte otro analogo en jerarquia, funciones y remuneracién. Notifiquese, (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (Salvamento de Voto) (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General’ Para notificar a los interesados de lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00 p.m.) de la tarde. Secretaria General OMAR xp 309802021 EDICTO N°1307 La susorita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Mario Antonio Cruz Vergara, actuando en nombre y representacién de Luis Heriberto Gonzalez Rodriguez y Dioscérides Natividad Gonzalez Rodriguez, contra la Resolucién No. DM-134-2021 de fecha 26 de julio de 2021, emitida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS:. PARTE RESOLUTIVA En mérito de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la Repiblica y por autoridad de la Ley, ADMITE EL RETIRO DE LA DEMANDA, dentro de la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales entablada por el licenciado Mario Antonio Cruz Vergara, actuando en nombre y representacion de LUIS HERIBERTO GONZALEZ RODRIGUEZ y DIOSCORIDES NATIVIDAD GONZALEZ RODRIGUEZ contra el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por haber emitido la Resolucién N° DM-134-2021 de 26 de julio de 2021 NOTIFIQUESE, (FDO) MGDO. EFREN C. TELLOC. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General” Para notificar a los interesados de lo anterior, fo el presente Edicto en lugar Visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00 p.m.) de la tarde, 7 2 if CORTE SUPREMA DE JUSTICIA xp.750002021.~ aaan.- EDICTO NUMERO N°1306 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: en el RECURSO DE APELACION presentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por la licenciada Danayka Martinez Barria, actuando en nombre y representacin de MATTHEW CHARLES MANDEVILLE, contra la Sentencia N°1/253-04 de 19 de enero de 2009, emitida por el JUZGADO TERCERO DE CIRCUITO, RAMO CIVIL, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) VISTOS: .. En consecuencia, el Pleno de la Corte Suprema, administrando justicia, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la Resolucién de fecha 16 de abril de 2021 emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que dispuso NO ADMITIR la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales presentado por el Licenciado César José Pérez Morales, actuando en nombre y presentacién de MATTHEW CHARLES MANDEVILLE, contra la Sentencia N°1/253-04 de 19 de enero de 2009, dictada por la Juez Tercera de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panama. FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulos 54 y 207 de la Cosntitucién Politica Articulos 2615 y 2619 del Cédigo Judicial. Notifiquese, (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA, (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECIIO CEDALISE RIQUELME. (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN, (SECRETARIA GENERAL)" Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres de la tarde (3:00. p.m.). wii bben Secretaria General ~ Corte Suprema de Justicia”, ORAL MAYOR . ay (CORTE SUPREMA DE JUSTOOA Exp. 583142021 Wwe EDICTO NUMERO N°1305 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: en a ADVERTENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesta por la firma forense WATSON & ASSOCIATES, apoderados judiciales de PANAMA NG POWER, S.A, Y LNG GROUP PANAMA, S.A., para que se declare inconstitucional el Cuarto Parrafo del ARTICULO 66 DE LALEY N° 131 DE 31 DE DICIEMBRE DE 2013, (dentro del Recurso de Anulacién promovido contra el Laudo Arbitral interpuesto por DURO FELGUERA, S.A., ventilado en la Sala de Negocios Generales; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, veintitrés (23) de agodto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: Por lo antes expuesto, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia, en nombre de la Reptiblica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE Ia advertencia de inconstitucionalidad presentada por la firma forense WATSON & ASSOCIATES, actuando en nombre y representacién de las sociedades PANAMA NG POWER, S.A., y LNG GROUO PANAMA, S.A., contra el cuarto parrafo del articulo 66 de la Ley N°131 de 2013, “Que regula el albitraje comercial nacional e internacional en Panama y dicta otras disposicién’’ NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE, (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO. (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDA. OTILDAV. DE VALDERRAMA (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN, (SECRETARIA GENERAL)’ Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres de la tarde (3:00. p.m.). Secretaria General Corte Suprema de Justicia VICTOR H. RODRIGUEZ OFICIAL MAYOR 2 < SORTESUPREMADE ATIC Exp. 398052021 Ss Ie EDICTO NUMERO 1304 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la, ACCION DE AMPARO. DE GARANTIAS interpuesto por el licenciado Irvin Hiram Choy Gonzalez, actuando en nombre y representacién de EDILSA DENEIRA SANCHEZ PINTO, contra el Auto No.133-17 de 9 de marzo de 2017, emitido por el JUEZ EJECUTOR DE LA CAJA DE AHORROS, se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS. En virtud de lo antecede, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, PLENO, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la accién de amparo de garantias constitucionales, presentada por el licenciado Irvin Hiram Choy Gonzalez, apoderado judicial de Edilsa Deneira Sanchez Pinto, contra el Auto N°133-17 de 9 de marzo de 2017, dictado por Juez Ejecutor de la Caja de Ahorros. Notifiquese, (FDO) MAGDA ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MAGDO CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MAGDO OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MAGDO JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MAGDO CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MAGDA MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MAGDO HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MAGDO LUIS R. FABREGA S. (FDO) MAGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) LCDA. YANIXSA YUEN,SECRETARIA GENERAL" Para notificar a los interesados Io anterior, fjo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres (3 00) de la _ imec Exp 75726-2021 OFICIAL MAYOR CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EDICTO NUMERO 1303 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la, ACCION DE AMPARO. DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesto por el licenciado Fernando Alfonso Gémez Arbeldez, apoderado judicial de YOLALFER, S.A., contra la Resolucién fechada 12 de marzo de 2021, dictada por el PRIMER TRIBUNAL. SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMA. se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS:. En mérito de lo antecede, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, PLENO, administrando justicia, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la accién de amparo de garantias constitucionales, presentada por el Licenciado Fernando Alonso Gémez Arbeléez, apoderado judicial de la sociedad Yolalfer, S.A. contra la resolucién de 12 de marzo de 2021, proferida por el Primer Tribunal ‘Superior del Primer Distrito Judicial Notifiquese, (FDO) MAGDA ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MAGDO CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MAGDO OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MAGDO JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MAGDO CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MAGDA MARIBEL CORNEJO BATISTA (FOO) MAGDO HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MAGDO LUIS R. FABREGAS. (FDO) MAGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) LCDA. YANIXSA YUEN,SECRETARIA GENERAL" Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las tres (3 00) de la tarde. Zo, Lo Me KOKCECE prstaria General C OMAR SIMITI GORDON TAL RAY Ime Exp 65975-2021 EDICTO NUMERO 1302 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE HABEAS DATA presentada por las sefioras Gisela Pérez Polo y Ada Pinzén Chen contra la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, ocho (8) de octubre de dos mil veintiuno (2021). visTos: Por consiguiente, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la accién de habeas data presentada por GISELA PEREZ POLO y ADA PINZON CHEN, actuando en su propio nombre y representacion contra el Contralor General de la Republica, Notifiquese. (FDO) MGDO. LUIS RAMON FABREGAS (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES: (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) LCDA, YANIXSA YUEN, SECRETARIA GENERAL.” Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de ‘octubre de dos mil veintiuno (2021), alas tres (3:00) de tarde OMAR SIMiTI GORDON Exp, 46237-2021 OFICIAL MAYOR IV ime CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EDICTO N° 1301 La suscrita, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que, dentro del expediente contentivo de la Demanda de Inconstitucionalidad propuesta por el licenciado Rony Batista, actuando en su Propio nombre y representacién, para que se declare la inconstitucionalidad de la Resolucion de Gabinete N°11 de 13 de marzo de 2020; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. -PLENO- Panamé, siete (7) de octubre de dos mil veintiuno (2021).- VISTOS. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, PLENO, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad do la Ley, DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL, la Resolucién de Gabinets N°11 de 13 de marzo de 2020, “Que declara el Estado de Emergencia Nacional y dicta otras disposiciones”, emitida por el Consejo de Gabinete, dentro de la Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el licenciado RONY BATISTA, actuando en su propio nombre y representacién. Notifiquese, (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. LUIS R. FABREGA 8. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (Voto Razonado) (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS: (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) LCDA. YANIXSA Y. YUEN, Secretaria General” Por tanto, para formal notificacién a los interesados de Io anterior, fjo el presente Edicto en un lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES DE LA TARDE (3:00p.m. (3:00p.m.), ol Yl y Lied. VANIXSA Y. YUEN G25 Secretaria General & Exp. 239-2020 MEE em EDICTO N° 1300 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que, dentro del expediente contentivo de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES presentada por la firma forense Candanedo, Jaramillo & Walker, actuando en nombre y representacién de la sefiora NANETH YASMIN QUINZADA HERRERA, contra el Decreto de Personal N°232 de 18 de noviembre de 2020, emitidas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panamé, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS.... En mérito de lo expussto, la Corte Suprema de Justicia, en’ Piano, administrando justicia en nombre de la Repdblica y por autoridad de la Ley, CONCEDE Ia accién de Amparo de Garantias Constitucionales promovida por la firma forense Candanedo, Jaramillo & Walker, y en consecuencia ORDENA la revocatoria inmediata del Decreto de Personal N*232 de 18 de noviembre de 2020; expedido por ef Ministerio de Desarrollo Agropecuario, asi como el reintegro de la sefora NANETH YASMIN QUINZADA HERRERA al mismo cargo publico antes de ‘su destitucién, y el pago de los salarios dejados de percibir desde su destitucién hasta el momento que se haga efectivo su reintegro. Notifiquese, (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) (FDO) Para notificar MGDO. EFREN C. TELLO C. MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (Salvamento de Voto) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO MGDO. JOSE &. AYU PRADO CANALS MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA LCDA. YANIXSA Y. YUEN C., Secretaria General” a los interesados de Io anterior, fijo el presente Edicto en un lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES DE LA TARDE (3:00 p.m). x Exp. 298072021 Jom i ytd Licdd. YANIXSA Y. YUEN C..* i] Secretaria General \ EDICTO N°1299 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la ADVERTENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesta por la firma forense Cordoba Chen y Asociados, apoderados judiciales de Yuri Sapozhnikov, Jonathan Ashurov e Idania Vargas, para que se declare Inconstitucional la frase "...Ja sentencia...", contenida en el ARTICULO 99 DEL CODIGO JUDICIAL. (Dentro de la querella promovida por los delitos de Estafa y Falsedad, en perjuicio de la sociedad denominada NEWSTAR INVESTMENT SEVEN, S.A., ventilado en el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panama); se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panam, quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Por consiguiente, la Corte Suprema de Justicia, Pleno, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE, la Advertencia de Inconstitucionalidad promovida Por la firma Cérdoba, Chen y Asociados, en nombre y representacion de los sefiores YURI SAPOZHNIKOV, JONATAN ASHUROV ¢ IDANIA VARGAS, contra una la frase “La Sentencia” contenida en el articulo 999 del Cédigo Judicial, dentro de la Querella por los Delitos de Estafa y Falsedad por la sociedad denominada Newstar Investment Seven S.A. NOTIFIQUESE, (FDO) MGDO.CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO.OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS: (FDO) MGDO.CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO.HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO.LUIS R. FABREGA S. (FDO) MGDA.MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (salvamento de voto) (FDO) LICDA.YANIXSA Y. YUEN C. SECRETARIA GENERAL. Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de TARDE. OFICl Yvildnd CORTE SUPREMA DE JUS Exp. N"643932021 EDICTO N°1298 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la ACCION DE HABEAS CORPUS interpuesta por el licenciado Leonardo Abdiel Sugaste Parris, a favor de DAVID ALBERTO ACEVEDO AQUINO contra la DIRECCION DE SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, PLENO. Panama, ocho (08) de octubre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS:: En mérito de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema, administrando Justicia en nombre de la Repiblica y por autoridad de la ley, DECLARA LEGAL la Detencién Preventiva del cuidadano salvadorefio, DAVID ALBERTO ACEVEDO AQUINO, con pasaporte N°B05766178, dispuesta por la Directora General del Servicio Nacional de Migracion. Se ORDENA que el mismo sea puesto nuevamente a érdenes de dicha Autoridad, NOTIFIQUESE, (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO)MGDO. LUIS R. FABREGAS. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL", Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. 7 EICDAL YANIXSA Secretaria Gen: OMAR SIMITi GORDON me conn CTISIAL MAYOR Iv bi 'E SUPREMA JUSTICIA EDICTO N°1297 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesta por el licenciado Rodrigo Sarasqueta Gonzalez, actuando en su Pigeia_ nombre y Tepresentacién, para que se declare inconstitucional el ACTO DE INSCRIPCION DEL SENOR ROMULO ALBERTO ROUX MOSES COMO MIEMBRO DEL PARTIDO CAMBIO DEMOCRATICO/UNION PATRIOTICA; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO, Panamé, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: En consecuencia, el Pleno de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE la Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por el licenciado Rodrigo Zarasqueta Gonzalez, actuando en su propio nombre y representacion, para que se declare inconstitucional el acto de inscripcién del sefior Romulo Alberto Roux Moses, como miembro del Partido Cambio Democratico/Unién Patriética, NOTIFIQUESE, (FDO)MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL”. Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretarfa General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. /ANIXSA Y. YUEN. tat SOR, CIAL MAYOR IV Yvildha CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Exp. N*365.2020 EDICTO N°1296 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justi ia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesta por la firma forense ESTUDIO JURIDICO CEDENO, actuando en su propio nombre y representacién, para que se declare inconstitucional la oracién «..Los recursos que se admitan, en materia de salud publica, se goncederén en efecto devolutivo...” contenido en el ARTICULO 7 DE LA LEY No.40 DE 2006. “Que modifica y adiciona articulos @ la Ley 66 de 1947, que aprueba el Cédigo Sanitaro, y dicta otras disposicién’; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, diez (10) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) VISTOS::::2: En mérito de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la Repiblica y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la oracién “Los recursos que se admitan, en materia de salud publica, se concederén en efecto devolutivo” del articulo 7 de la Ley No. 40 de 2006, que modifica y adiciona articulos a la Ley No. 66 de 1947, que aprueba el Codigo Sanitario y dicta otras disposiciones. NOTIFIQUESE y PUBLIQUESE EN GACETA OFICIAL, (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. SECUNDINO MENDIETA (FDO)MGDO. LUIS RAMON FABREGA S. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO. (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL’. Para notificar a los interesados |o anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de ta Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. 7 Z SKE me ‘ecretaria Gengtal OMAR SiMITi GC OFICIAL MAN Yvildna CORTE SUPREMA, Exp. Nr90082021 TICLA, EDICTO N°1295 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el Licenciado Femando Alfonso Gémez Arbeldez, actuando en nombre y representacion de YOLANDA ARBELAEZ DE GOMEZ, contra la Resolucién de fecha 17 de febrero de 2021, emitida por e! PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, once (11) de octubre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS::::: En merito de lo antes expuesto, EL PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la Repiblica y por autoridad de la ley, RECHAZA DE PLANO la solicitud de correccién de la sentencia de fecha veintiuno (21) de junio de dos mil veintiuno (2021), a través de la cual se dispuso no conceder la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales propuesta por la sefiora YOLANDA ARBELAEZ DE GOMEZ contra el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL. NOTIFIQUESE y DEVUELVASE, (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. SECUNDINO MENDIETA (FDO)MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO)MGDA. CARMEN L. DE GRACIA J. (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL”, Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. OFICIAL Yvilahe CORTE SUPREMA Exp. N*242742021 EDICTO N°1294 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: Dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS. interpuesta por el licenciado Marcial Buitrago Rosales, actuando en representacion de RODOLFO ENRIQUE MOSCOSO RUSSO, contra el Decreto Gerencial N°43 de 20 de octubre de 2020, proferida por la CAJA DE AHORROS DE PANAMA; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, ocho (8) de octubre de dos mil veintiuno (2021) VISTOS: En virtud de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema, administrando Justicia en nombre de la Reptiblica y por autoridad de la ley, No Admite la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta por el licenciado Marcial Buitrago Rosales, actuando en nombre y representacion de Rodolfo Enrique Moscoso Russo, contra el Decreto Gerencial No. 43 de 20 de octubre de 2020, proferido por la Caja de Ahorros de Panama. NOTIFIQUESE, (FDO)MGDO. LUIS RAMON FABREGA S. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO. (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (VOTO RAZONADO) (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (VOTO RAZONADO) (FDO)MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA, (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL’. Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de ta Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. écretaria Gener OMAR SIMITI G OFICIAL MAY Yurana CORTE SUPREMA Exp. N"290832021 EDICTO N°1293 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: EL RECURSO DE APELACION presentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Joaquin Roger Pérez, apoderado judicial de POS DE CENTROAMERICA Y PANAMA, S.A., contra el Auto de Sobreseimiento N° 27 del 26 de febrero de 2021, por el JUEZ DE GARANTIAS DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA, dentro de la carpetila N°201800031282-A; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021) VISTOS: En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Pleno, administrando Justicia en nombre de la Reptblica y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la Resolucion del 31 de mayo del 2021, proferida por el Primer Tribunal Superior de! Primer Distrito Judicial, que NO ADMITE la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta por el Licenciado Joaquin Roger Pérez, en nombre y representacién de la empresa POS DE CENTROAMERICA Y PANAMA, S.A., contra el Auto de Sobreseimiento N°27 fechado 26 de febrero del 2021, dictado por el Juez de Garantias del Primer Circuito Judicial de Panama. NOTIFIQUESE, (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO)MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL”. Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. Ynchg CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Bop. N6t0212021 EDICTO N°1292 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: EL RECURSO DE APELAGION presentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Abdiel Arteaga Tello, actuando en representacion de IVAN ANTONIO CEDENO BRAVO, contra la Resolucién No.04 de fecha 16 de octubre de 2020, emitida por la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE COLON DEL MINISTERIO DE EDUCACION; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, trece (13) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS::::: En mérito de lo expuesto, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la Repiiblica y por autoridad de la ley, CONFIRMA la Resolucién de 30 de marzo de 2021, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que NO ADMITE la accién de Amparo de Garantias Constitucionales instaurada Por el licenciado Adbiel Arteaga Tello, actuando en nombre y Fepresentaci6n del sefior Ivan Antonio Cedefio Bravo, contra la Resolucion No.04 de 16 de octubre de 2020, proferida por la Directora Regional de Educacién de la Provincia de Colén. NOTIFIQUESE, (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO. (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO)MGDA, MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO)MGDO. LUIS R. FABREGA S. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL", Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. OFICIAL MAYO IV YWaldhs ‘CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Exp. N*400882021 EDICTO N°1291 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: EL RECURSO DE APELACION presentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Jorge Luis Rodriguez Castro, en su condicién de Fiscal de Circuito de la Seccién de Asistencia a Juicio Oral de la Provincia de Los Santos, contra la Sentencia Absolutoria N'28 de fecha 15 de octubre de 2021, dictada por el TRIBUNAL DE JUICIO ORAL DE LA PROVINCIA DE LOS SANTOS, dentro de las carpetillas acumuladas 201800033927, 201800037829 y 201800037830; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, trece (13) de julio de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: Por las consideraciones expuestas, la Corte Suprema de Justicia - Pleno, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CORRIGE la Resolucién de fecha 13 de julio de 2021, a fin que su parte resolutiva se lea asi: En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia ~ Pleno, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, REVOCA la Resolucién de fecha 21 de abril de 2021, emitida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial y, en su lugar, ORDENA ADMITIR Ia Accién de Amparo de Garantias Constitucionales presentada por el Licenciado JORGE LUIS RODRIGUEZ CASTRO, Fiscal de Circuito de la Seccién de Asistencia a Juicio Oral de la Provincia de Los Santos contra la Sentencia Absolutoria N°28 de fecha 15 de octubre de 2020, dictada por el Tribunal de Juicio Oral de la Provincia de Los Santos. FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulo 999 del Cédigo Judicial. NOTIFIQUESE, (FDO)MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO)MGDO. SECUNDINO MENDIETA, (FDO)MGDO. LUIS R. FABREGA S. (FDO)MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS. (FDO)MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO)MDDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO)MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO)MGDO.JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FDO)MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME. (FDO)LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., SECRETARIA GENERAL", Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy VEINTE (20) de OCTUBRE de DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las TRES (3:00) de la TARDE. 7 ZA c tiCDAY A IXSA Y. YUEN C. onaestaria Sense! OFICIAL MAYOR IV Yuna CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Exp. N'469922021 EDICTO N° 1290 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: EN LA ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Miguel Espinosa, en su condicion de Fiscal Adjunto de la Seccién de Cumplimiento de la Fiscalia Regional de San Miguelito, contra el acto de audiencia celebrado el dia 15 de junio de 2021, por el TRIBUNAL SUPERIOR DE APELACIONES DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMA, dentro de la carpetilla N°201800050090., se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panam, cuatro (4) de octubre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: .. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia - Pleno, administrando justicia en nombre de la Repubblica y por autoridad de la Ley NO ADMITE la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta_ por el FISCAL ADJUNTO DE LA SECCION DE CUMPLIMIENTO DE LA UNIDAD REGIONAL DE SAN MIGUELITO contra la decision adoptada en el acto de audiencia celebrado el 15 de junio de 2021, por el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulos 101, 665, 2615, 2619 y 2620 del Cédigo Judicial. Articulo $4 de la Constitucién Politica de Panama. Articulo 25 de la Convencién Americana sobre Derechos Humanos. Notifiquese, (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FOO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FOO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN C., Secretaria General’ Para notificar a los interesados de lo anterior, fjo el presente Edicto en un lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) de la mafiana, Secretaria General Exp 706902021 * fra EDICTO N° 1289 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: EN EL RECURSO DE APELACION presentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesto por licenciado Luiggi Colucci, en nombre y representacién de ARJAN VIJAY RAMCHANDANI, contra el Auto Vario N° 55 de fecha 14 de marzo de 2018, dictado por el JUZGADO DECIMOCUARTO DE CIRCUITO DE LO PENAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA, se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. PANAMA, QUINCE (15) DE ‘SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021). vistos: En mérito de lo expuesto, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CONFIRMA fa Resolucién fechada diez (10) de junio de dos mil veintiuno (2021), mediante la cual el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, NO CONCEDE el Amparo de Garantias Constitucionales, propuesto por el licenciado Luigi Colucci, apoderado judicial del sefior ARJAN VIJAY RAMCHANDANI, en contra del Auto Vario No. 55 de 14 de marzo de 2018, dictado por el Juzgado Decimocuarto de Circuito de lo Panal del Primer Circuito Judicial de Panama, Notitiquese, (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES. (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA, MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. LUIS R. FABREGA S. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN, Secretaria General’ Para notificar a los interesados de lo anterior, fijo el presente Edicto en un lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) de la mafana. Mab LICBA. YANIXSA Y. YUEN C. Secretaria General fp aeeer2001 ms EDICTO N°1288 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: En el Recurso de Apelacién presentado dentro de la Accién de ‘Amparo de Garantias Constitucionales interpuesto por la licenciada Yajaira L. Rojas Quintero, Defensora Publica de la Provincia de Chiriqui, contra la Resolucién de fecha 3 de septiembre de 2020, dictada por el TRIBUNAL SUPERIOR DE NINEZ Y ADOLESCENCIA, dentro de la Accién de Amparo de Garantias interpuesta contra el Juzgado de Niriez y Adolescencia de la Provincia de Chiriqui, se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, once (11) de octubre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS......... Por las consideraciones antes expuestas, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - PLENO, administrando justicia en nombre de la Repiiblica y por autoridad de la Ley, NO ADMITE el Recurso de Hecho promovido por la Licenciada Yajaira L. Rojas Quintero, actuando en calidad de Defensora Publica de la provincia de Chiriqui, en favor del adolescente AG.M.N., contra la Resolucién de 3 de septiembre de 2020, dictada por el Tribunal Superior de Nifiez y Adolescencia, dentro de la Accién de Amparo de Garantias interpuesta contra el Juzgado de Nifiez y Adolescencia de la Provincia de Chiriqui. NOTIFIQUESE, (FDO) MGDO. LUIS RAMON FABREGAS. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (con Voto Concurrent) (FDO) MGDA. CARMEN LUZ DE GRACIA JURADO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (con Voto Concurrente) (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN., (SECRETARIA GENERAL)” Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) de la mafiana. fy Mal” LIGDA. YANIXSA Y. YUEN C. | Secretaria General Exp. 706-2020. MADE Tnob. EDICTO N°1287 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: En el Recurso de Apelacién presentado dentro de la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta por la licenciada Verusska Mercedes Torres, apoderada judicial de AAMANI, S.A., contra la decisién adoptada en el acto de audiencia celebrada el dia 29 de diciembre de 2020, por el JUEZ DE GARANTIAS DE LA PROVINCIA DE COLON, se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS: En mérito de lo expuesto, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la Reptblica y por autoridad de la ley, CONFIRMA la Resolucion de 12 de abril de 2021, emitida por el Primer Tribunal ‘Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial mediante la cual NO ADMITE la Accion de Amparo de Garantias Constitucionales presentada por AAMANI, S.A., contra EL JUEZ DE GARANTIAS DE LA PROVINCIA DE COLON, el licenciado OSCAR JONES WILLIS, por haber proferido la DECISION JUDICIAL contenida en la Audiencia Oral de 29 de diciembre de 2020, por la cual se homologaron los Acuerdos de Colaboracion N°42, 43 y 44, celebrado entre los sefiores MAURO BATISTA, ANGEL MERCEDES RIOS MOLINA, LUIS ENRIQUE GIL SOTOMAYOR y la Fiscalia Anticorrupcion de la Procuraduria General de la Nacién, dentro de la causa criminal seguida por la presunta comisién de los delitos contra la Fe Publica, el Patrimonio Econémico y el Orden Econémico, en perjuicio de la Autoridad Nacional de Aduanas. NOTIFIQUESE, (FOO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN (SECRETARIA GENERAL)” Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) de la mafiana ap, Mah~ uidBa. YANIXSA Y YUEN C/ Secretaria General N* de Negocio: 583232022, hob EDICTO N°1286 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: El Incidente de Desacato presentado por el licenciado José Alvarez Cueto, actuando en representacién de Cristobal Alberto Cafiizales Montoto, dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado José Alvarez Cueto, actuando en representacién de CRISTOBAL ALBERTO CANIZALES MONTOTO, contra la Resolucién Administrativa No. 594 de 16 de octubre de 2019 y confirmada mediante Resoluci6n ADM/ARAP No.73 de 28 de octubre de 2019, emitidas por la AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUATICOS DE PANAMA (ARAP), se ha dictado una Resoluci6n cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panamé, cuatro (4) de ‘octubre de dos mil veintiuno (2021) VISTOS:..... En mérito de lo expuesto, el PLENO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, administrando justicia, en nombre de la Repdblica y por autoridad de la ley declara NO PROBADO en el incidente de desacato interpuesto a favor de CRISTOBAL ALBERTO CANIZALEZ MONTOTO con ocasién de la Sentencia de 3 de junio de 2020 dictada en virtud de la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta contra el la Resolucién Administrativa N°594 de 16 de octubre de 2019, emitida por la Administradora General de la Autoridad de los Recursos Acuéticos de Panama. FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulo 2632 del Codigo Judicial. NOTIFIQUESE, (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDA. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN, Secretaria General” Para notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) de la mafiana, | Wo Mah/ LICDA. YANIXSA Y. YUEN. Secretaria General N° de Negocio: 636742021. Mob EDICTO N°1285 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesto por la firma forense Candanedo, Jaramillo & Walker, apoderados judiciales de Rosaura Isabel Gonzalez contra el Decreto de Personal No. 293 de fecha 14 de octubre de 2019, dictado por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, se ha dictado una Resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: “CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021). VISTOS:. Por consiguiente, el Pleno, de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley; CONCEDE la accién de amparo de derechos fundamentales promovida por la firma forense Candanedo, Jaramillo & Walker, actuando en tepresentacién de ROSAURA ISABEL GONZALEZ; REVOCA el Decreto de Personal N° 293, de 14 de octubre de 2019, dictado por ef Ministerio de Desarrollo Agropecuario; y ORDENA: 1) su reintegro al cargo que ocupaba antes de dejarse sin efecto su nombramiento, salvo que acepte otro analogo o de igual jerarquia, funciones y remuneracién; 2) el pago de salarios dejados de percibir desde el dia 25 de abril de 2020, hasta el momento que se haga efectivo su reintegro. NOTIFIQUESE, (FDO) MGDO. EFREN C. TELLO C. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (CON SALVAMENTO DE VOTO) (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E, AYU PRADO CANALS, (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA. (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN (SECRETARIA GENERAL) Para notificar a los interesados lo anterior, fjo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 a.m.) de la mafiana, / / fo. fe ce Pete, aoe LICDA.YANIXSAY. YUENC. (Secretaria General 088 Lui, xp.381-2020 ig EDICTO N°1284 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: el Recurso de Apelacién presentado dentro de la Accién de Amparo de Garantias interpuesta por la Firma Forense Bufete Jurldico Hemandez & Hemédndez, apoderado judicial de la sociedad Servicios Reparaciones Maritimas y Afines S.A., contra el auto n°396 de fecha 21 de septiembre de 2020, dictado Por el Juzgado Primero Agrario de la Provincia de Chiriqui, se ha dictado una Resolucion cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panamd, ocho (08) de octubre de dos mil veintiuno (2021), VISTOS....... Por lo tanto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley CONFIRMA Ia Resolucién de fecha catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021), proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, que dispuso RECHAZAR, la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales, propuesta por la Firma Forense Bufete Juridico Hemnandez y Hernandez, en representacion de la sociedad SERVICIOS REPARACIONES MARITIMAS Y AFINES, S.A. Notifiquese, (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VAQUEZ REYES (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. LUIS R. FABREGAS. (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO (CON SALVAMENTO DE VOTO) (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN (SECRETARIA GENERAL) Para notificar a los interesados lo anterior, fjo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 a.m. .) de la mafiana. fe Loa Hae GF LICDA. YANIXSA Y. YUEN C. : ~ Secretaria General xp.745272021 Aig EDICTO No.1283 La suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus facultades legales, hace saber que: la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta por la firma forense Candanedo, Jaramillo & Walker, actuando en representacién de Nodier Alberto Alvarado Palacios, contra el Resuelto de Personal No. 346 de fecha 17 de agosto de 2020, emitido por la Autoridad Nacional de Administracién de Tierras (ANAT), se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama, ocho (8) de octubre de dos mil veintiuno (2021). VISTOS...... En consecuencia, el Pleno de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, CONCEDE la accién de Amparo de Garantias Constitucionales interpuesta por el licenciado Rafael Augusto Candanedo, actuando en nombre y representacion de NODIER ALBERTO ALVARADO, REVOCA el Resuelto de Personal N°346 de 17 de agosto de 2020, proferido por el Director de la Autoridad Nacional de Administracion de Tierras, y su acto confirmatorio y, ORDENA: a) el reintegro del sefior Nodier Alberto Alvarado al mismo cargo que ocupa antes de quedar sin efecto su ombramiento, “salvo que acepte otro analogo en jerarquia, funciones y remuneracién’ y b) el pago de “los salarios dejados de percibir desde el dia de su...destitucion”. Notifiquese. (FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA (FDO) MGDO. LUIS RAMON FABREGA S. (CON VOTO RAZONADO) (FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO. (FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES (CON SALVAMENTO DE VOTO) (FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (CON VOTO RAZONADO) (FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS. (FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME (FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA (FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN (SECRETARIA GENERAL)" Para notificar a los interesados lo anterior, fjo el presente Edicto en lugar visible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 a.m.) de la mafiana. de tie 2a LIOBA. YARIRSAVTUEN C. ‘S€cretaria General Exp.812.2020 9
pend


