Edicto número: 004383
Sala: pleno-csj
Partes: PETROTERMINAL DE PANAMA, S.A.
[' \n\nEDICTO No.1391\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia en uso de su\nfacultades legales, hace saber que dentro de la Objecién de Inexequibilidad en ef\nFondo presentada por el Excelentisimo sefior Presidente de la Reptiblica de Panamé,\nLaurentino Cortizo Cohen, contra e! Proyecto de Ley N° 94 de 2019, “Que adiciona\nArticulos a la Ley 56 de 2008, General de Puertos de Panama”. Se ha dictado una\nresoluci6n, cuya parte resolutiva es del tenor siguiente:\n\n \n\n \n\n“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - PLENO. Panama,\nveintisiete (27) de octubre de dos mil veintiuno (2021).\n\nvistos:\n\n \n\nDevuelto el expediente, se fija en lista y se ordena publicar\nedicto hasta por tres (3) dias en un periédico de circulacion\nnacional, para que dentro del término de diez (10) dias,\ncontados a partir de la ultima publicaci6n, el demandante y\ntodas las personas interesadas presenten sus argumentos\npor escrito sobre el caso.\n\nNotifiquese y Publiquese,\n\n(FDO) MAGDO, LUIS RAMON FABREGA S.\n(FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN C. SECRETARIA GENERAL\n\nPara notificar a los interesados lo anterior, fo el presente Edicto en lugar visible\nde la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de noviembre de\ndos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00) de Ia tarde.\n\n \n\nexp-874872021,\nosg-2021\n\n \n', ' \n\nEDICTO No.1390\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia en uso de su\nfacultades legales, hace saber que dentro de Ja Demanda de Inconstitucionalidad,\ninterpuesta por el licenciado Roberto Ruiz Diaz, actuando en su propio nombre y\nrepresentacién, para que se declare inconstitucional la palabra “..Con Sueldo...”,\ncontenida en los Articulos 72, y 83 de la Ley 37 de 29 de junio de 2009. (Que\ndescentraliza la Administracién Publica). Se ha dictado una resolucién, cuya parte\nresolutiva es del tenor siguiente:\n\n“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ~ PLENO. Panamé,\nveintisiete (27) de octubre de dos mil veintiuno (2021).\n\nvisTos:\n\n \n\nDevuelto el expediente, se fija en lista y se publicaré el\nedicto hasta por tres (3) dias en un periddico de circulacién\nnacional, para que dentro del término de diez (10) dias,\ncontados a partir de la ultima publicacién del edicto, ef\ndemandante y todas las personas interesadas presenten\nsus argumentos por escrito sobre el caso.\n\nNotifiquese y Publiquese,\n\n(FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME\n(FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN C. SECRETARIA GENERAL\n\nPara notificar a los interesados lo anterior, fijo e! presente Edicto en lugar visible\nde la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho(8) de noviembre de\ndos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00) de la tarde.\n\n \n\nOFICIAL MAYOR IV aris\n\nCORTE SUPREMA De\n\n \n\nexp.-941632021\n089-2021\n\n \n', ' \n\nEDICTO NUMERO 1389\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de sus\nfacultades legales, hace saber que en el ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS.\ninterpuesta por la Licenciada MINERVA RODRIGUEZ DE NARAN\\O, actuando en su\ncondicién de Fiscal Adjunta de la Seccién de Cumplimiento de la Fiscala de Delitos\nComunes del Area Metropolitana, contra la orden de hacer en el Acto de Audiencia de\nfecha 9 de julio de 2021, dictado por el TRIBUNAL SUPERIOR DE APELACIONES\nDEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL. se ha dictado una resolucién cuya parte\nresolutiva, es del tenor siguiente:\n\n"CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama diecinueve (19) de\n‘octubre de dos mil dos mil veintiuno (2021).\n\nVISTOS:. oc oecenenee\n\n \n\nEn mérito de lo expuesto, el Pleno de la Corte Suprema,\nadministrando justicia en nombre de la Replica y por autoridad de la\nLey, NO ADMITE la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales\npresentada por el licenciada Minerva Rodriguez de Naranjo, en calidad de\nFiscal Adjunta de la Seccién de Cumplimiento de la Fiscalia de Delito\nComunes, contra la decisién proferida por el Tribunal Superior de\nApelaciones del Primer Distrito Judicial en el acto de audiencia celebrado\nel nueve (9) de julio de dos mil veintiuno (2021).\n\nNotifiquese.-\n\n(FDO) MAGDO HERNAN A. DE LEON BATISTA\n(FDO) MAGDO LUIS RAMON FABREGA S\n\n(FDO) MAGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS\n(FDO) MAGDA ANGELA RUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) MAGDO CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n(FDO) MAGDO OLMEDO ARROCHA OSORIO %\n(FDO) MAGDO- JOSE E. AYU PRADO CANALS\n\n(FDO) MAGDA. OTILDA V. DE VALDERRAMA\n\n(FDO) MAGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) LCDA. YANIXSA YUEN ,SECRETARIA GENERAL”\n\n \n\n \n\nPara notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible\nde la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de noviembre de\ndos mil veintiuno (2021), a las tres (3:00) de la tarde.\n\né yp\nS36\n\nCORTE SUPREIWA Ue WustCIA\n\n \n \n\nImec-\nExp. 78612-2021\n\n \n', ' \n\nEDICTO NUMERO 1388\n\nLa suserita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso\nde sus facultades legales, hace saber que: dentro de la, DEMANDA DE\nINCONSTITUCIONALIDAD interpuesto por los licenciados José Antonio\nHernandez Alvarado, actuando en nombre y representacién de Edgardo\nAndrés De La Torre Rodriguez, para que se declare inconstitucional la\nSENTENCIA SIN DE 1 DE JULIO DE 2021, dictada por el TRIBUNAL\nELECTORAL, se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor\nsiguiente:\n\n“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. PLENO. Panama cuatro (4) de\noctubre de dos mil veintiuno (2021).\n\nVISTOS:\n\n \n\nEn mérito de lo que antecede, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,\nPLENO, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad\nde la Ley, NO ADMITE la acci6n de inconstitucionalidad presentada por\nel Licenciado José Antonio Hemadndez Alvarado Rodriguez, apoderado\njudicial de Edgardo Andrés De La Torre, para que se declare\ninconstitucional la resolucién de 11 de julio de 2021, dictada por el\nTribunal Electoral\n\nNotifiquese,\n\n(FDO) MAGDA ANGELA RUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) MAGDO CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n\n(FDO) MAGDO OLMEDO ARROCHA OSORIO (CON SALVAMENTO DE VOTO)\n(FDO) MAGDO JOSE E. AYU PRADO CANALS\n\n(FDO) MAGDA, OTILDA V. DE VALDERRAMA\n\n(FDO) MAGDA MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) MAGDO HERNAN A. DE LEON BATISTA.\n\n(FDO) MAGDO LUIS R. FABREGA S.\n\n(FDO) MAGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS\n\n(FDO) LCDA. YANIXSA YUEN,SECRETARIA GENERAL”\n\nPara notificar a los interesados lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar visible de\nla Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, ocho (8) de noviembre de dos\nmil veintiuno (2021), a las tres (3 00) de la\n\n \n\nfmec.\nExp 78716-2021\n\nol\nOFICIAL MAYA\n\n \n\nCORTE SUPREWIA DE JU:\n\n \n', ' \n\nEDICTO N°1387\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de\n‘sus facultades legales, hace saber que: en el RECURSO DE APELACION\npresentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS\nCONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Martin Jestis Molina Rivera,\nactuando en nombre y representacién del sefior Darisdiel Mojica Gonzélez, contra el\nAuto N°1987 de 2 de diciembre de 2020, proferido por el JUZGADODECIMO\nQUINTO DE CIRCUITO DE LO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE\nPANAMA; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente:\n\n"CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panam, diecinueve (19)\nde octubre de dos mil veintiuno (2021).\n\nVISTOS:\n\n \n\nEn virtud de lo anteriormente expuesto, EL PLENO de la Corte\n‘Suprema, administrando justicia en nombre de la Republica y por\nautoridad de la Ley, CONFIRMA la resolucién judicial de 28 de junio de\n2021, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito\nJudicial, por la cual no admitié la accién de amparo de garantias\nconstitucionales interpuesta por el licenciado Martin Jesus Molina\nRivera, en representacién de DARISDIEL MOJICA GONZALEZ contra\nel Auto No.1987 de 2 de diciembre de 2020, emitido por el Juzgado\nDecimoquinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de\nPanama.\n\n \n\nNotifiquese,\n\n(FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA\n\n(FDO) MGDO. LUIS RAMON FABREGAS.\n\n(FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS\n\n(FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n(FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO.\n\n(FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS\n\n(FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME\n(FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General”\n\nPara notificar a los interesados de lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar\nvisible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de\nnoviembre de dos mil veintiuno (2021), a las diez( 10:00 a.m.) de la mafiana.\n\niw UL al 7\nLICDA. YANIXSA Y. YUEN *\nSecretaria General\n\n \n\n \n\nxp -726872021 -\naan\n\n \n', ' \n\nEDICTO N°1386\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de\nsus facultades legales, hace saber que: en el RECURSO DE APELACION\npresentado dentro de la ACCION DE AMPARO DE GARANTIAS\nCONSTITUCIONALES interpuesta por la firma forense Mejia & Asociados,\napoderados judiciales de BLUE MORPHO, S.A., contra el Auto N° 1917/95453-19 de\n16 de diciembre de 2020, dictado por el JUZGADO DECIMOTERCERO DE\nCIRCUITO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA; se ha dictado\nuna resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente:\n\n“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, veintidés (22) de\noctubre de dos mil veintiuno (2021).\n\nVISTOS:.\n\n \n\nEn mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Pleno,\n‘administrando Justicia en nombre de la Reptiblica y por autoridad de la\nLey, CONFIRMA la Sentencia del 9 de abril de 2021, dictada por el\nPrimer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panama,\nmediante la cual NO ADMITE el Amparo de Garantias Constitucionales\npropuesto por la Firma Mejia & Asociados, en nombre y representacion\nde la sociedad BLUE MORPHO, S.A. contra el Auto N°1917/95453-19\ndel 16 de diciembre de 2020, dictado por el Juzgado Décimo Tercero de\nCircuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panama.\n\nNOTIFIQUESE,\n\n(FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n\n(FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO (Salvamento de Voto)\n(FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS\n\n(FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME\n\n(FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA\n\n(FDO) MGDO. LUIS R. FABREGAS\n\n(FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS.\n\n(FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) LICDA. YANIXSA Y. YUEN, Secretaria General”\n\nPara notificar a los interesados de Io anterior, fijo el presente Edicto en lugar\nvisible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de\nnoviembre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 a.m.) de la mafiana.\n\nmun\n\nbe fs Maju\n\nLICDA. YANIXSA Y. YUEN\nSecretaria General\n\n \n\n \n\nExp, 681972021.-\n', ' \n\nEDICTO N°1385\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de\nsus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE AMPARO DE\nGARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por el licenciado Luis R. Gonzalez\nG., actuando en representacién de Asociacién de Educadores Veraglienses y de la\nAsociacion de Movimiento Gremialistas de Educadores de la Republica de Panama,\ncontra de la Circular DGE-124-0251 de 18 de agosto de 2021, emitida por la\nDIRECCION GENERAL DE EDUCACION DEL MINISTERIO DE EDUCACION; se\nha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente:\n\n“CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, veintiuno (21) de\noctubre de dos mil veintiuno (2021)\n\nvIsTOs:\n\n \n\nEn mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, PLENO,\nadministrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la\nLey, NO ADMITE la Accién de Amparo de Garantias Constitucionales\npromovida por el licenciado Luis R. Gonzélez G., actuando en\nrepresentacién de la ASOCIACION MOVIMIENTO GREMIALISTA DE\nEDUCADORES DE LA REPUBLICA DE PANAMA y la ASOCIACION\nDE EDUCADORES VERAGUENSES, contra la Circular DGE-124-0251\nde 18 de agosto de 2021, emitida por la Direccién Regional de\nEducacién del Ministerio de Educacién\n\n \n\n \n\nNotifiquese,\n\n(FDO) MGDO. HERNAN A. DE LEON BATISTA\n\n(FDO) MGDO. LUIS RAMON FANREGA S.\n\n(FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS (Voto Concurrente)\n(FDO) MGDA. ANGELARUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n\n(FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO\n\n(FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS.\n\n(FDO) MGDA. OTILDAV. DE VALDERRAMA\n\n(FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General”\n\nPara notificar a los interesados de lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar\nvisible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de\nnoviembre de dos mil veintiuno (2021), a las diez( 10:00 a.m.) de la mafiana.\n\n» Ghd\nvas 9 MV ol\n\nLICDA. YANIXSA Y. YUEN\nSecretaria General\n\n \n\n \n\n \n\nExp, 843962021.-\n', ' \n\nDICTO N°1384\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de\nsus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE HABEAS DATA\npresentada por el licenciado Boris Alberto Arjona Bordones, apoderado judicial de\nUnién de Capitanes y Oficiales de Cubierta de la Autoridad del Canal de Panama,\ncontra el Vicepresidente de Asesoria Juridica de la Autoridad del Canal de Panama;\nse ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor siguiente:\n\n"CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, diecinueve (19)\nde octubre de dos mil veintiuno (2021),\n\nVISTOS.....\n\n \n\nEn consecuencia, el Pleno de la Corte Suprema, administrando\njusticia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NO\nCONCEDE la Accién de Habeas Data presentada por el licenciado\nBoris Alberto Arjona Bordones, actuando en su condicién de apoderado\nespecial de la UNION DE CAPITANES Y OFICIALES DE CUBIERTA\nDE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA, contra el\nVicepresidente de Asesoria Juridica de la Autoridad del Canal de\nPanama.\n\nNotifiquese.-\n\n(FDO) MGDO. CECILIO CEDALISE RIQUELME,\n(FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) MGDO. SECUNDINNO MENDIETA\n\n(FDO) MGDO. LUIS R. FABREGAS.\n\n(FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS\n\n(FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO\n\n(FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n(FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO.\n\n(FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS.\n\n(FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General”\n\nPara notificar a los interesados de Io anterior, fijo el presente Edicto en lugar\nvisible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de\nnoviembre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 a.m.) de la majiana.\n\ni Ut,\nmili Mah ;\nLICDA. YANIXSA Y. YUEN\n\nSecretaria General\nOSM\n\n \n\nExp.612752021- .\n\n \n', ' \n\nEDICTO N°4383\n\nLa suscrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, en uso de\nsus facultades legales, hace saber que: dentro de la ACCION DE AMPARO DE\nGARANTIAS CONSTITUCIONALES interpuesta por la firma forense Galindo, Arias\n& Lopez, apoderados judiciales de PETROTERMINAL DE PANAMA, S.A., contra la\nSentencia de fecha 29 de abril de 2021, dictada por el Tribunal Superior del Tercer\nDistrito Judicial; se ha dictado una resolucién cuya parte resolutiva, es del tenor\nsiguiente:\n\n"CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-PLENO. Panama, veintisiete (27)\nde septiembre de dos mil veintiuno (2021).\n\nvISTOs:\n\nEn mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia - Pleno,\nadministrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la\nLey, ADMITE el escrito de desistimiento de la Accién de Amparo de\nGarantias Constitucionales interpuesta por la firma forense Galindo,\nArias & Lopez, en su condicién de Apoderada General para pleitos de\nPETROTERMINAL DE PANAMA, S.A. contra la Sentencia de fecha 29\nde abril de 2021, dictada por el Tribunal Superior del Tercer Distrito\nJudicial,\n\nFUNDAMENTO DE DERECHO: Articulo 634, 636, 1087, 1089, 1094 y\n1102 del Cédigo Judicial.\n\n \n\nNotifiquese,\n\n(FDO) MGDA. MARIBEL CORNEJO BATISTA\n\n(FDO) MGDO. SECUNDINO MENDIENTA\n\n(FDO) MGDO. LUIS R. FABREGA S.\n\n(FDO) MGDA. MARIA EUGENIA LOPEZ ARIAS.\n\n(FDO) MGDA. ANGELA RUSSO DE CEDENO.\n\n(FDO) MGDO. CARLOS ALBERTO VASQUEZ REYES\n(FDO) MGDO. OLMEDO ARROCHA OSORIO\n\n(FDO) MGDO. JOSE E. AYU PRADO CANALS.\n\n(FDO) MGDA. OTILDA V. DE VALDERRAMA\n\n(FDO) LICDA. YANIXSAY. YUEN, Secretaria General”\n\nPara notificar a los interesados de lo anterior, fijo el presente Edicto en lugar\nvisible de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, hoy ocho (8) de\nnoviembre de dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00 p.m.) de la mafiana.\n\napi tl\n\nap. Ufo Maw\n\nLICDA. YANIXSA Y. YUEN\nSecretaria General\n\n \n\nExp 825022021.\n\n \n\n \n', '']
pend


